Economía

Proyecto para condonar deudas a entidades sin fines de lucro

Además, se propone la condonación de deudas de mipymes y contribuyentes de ganancias e IVA.Además, se propone la condonación de deudas de mipymes y contribuyentes de ganancias e IVA.
El presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, presentó un proyecto ley para condonar las deudas de las entidades sin fines de lucro, como bomberos voluntarios, clubes de barrios, fundaciones y organizaciones comunitarias que tengan deudas tributarias, y aduaneras vencidas, hasta agosto de este año y que no superen los $100.000.
La iniciativa, que busca un alivio fiscal y dar una señal clara para la salida de la pandemia, fija que se condonan las deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social menores a 100.000 pesos para las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV), previsto por la ley 25.054 y toda otra entidad sin fines de lucro, incluidas organizaciones comunitarias inscritas como fundaciones, asociaciones civiles, simples asociaciones y entidades con reconocimiento municipal.
Allegados al equipo del presidente del cuerpo legislativo señalaron que "el costo fiscal de esta medida es realmente teórico: nunca se ejecuta operativamente la deuda de un cuartel de bomberos o una fundación".
Además, se propone la condonación de deudas de mipymes y contribuyentes de ganancias e IVA pero que deban menos de $100.000.

Además, se amplia la moratoria para la salida del anterior plan de facilidades, tomando en cuenta la deuda vencida hasta el 31 de julio de 2020 al tiempo que se incluyen las deudas desde el 1 de agosto de 2020 al 31 de agosto de 2021”

También señala que la condonación alcanza al capital adeudado, intereses resarcitorios y/o punitorios y/o multas y demás sanciones y no comprende los siguientes conceptos: aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales y las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
Además, se amplia la moratoria para la salida del anterior plan de facilidades, tomando en cuenta la deuda vencida hasta el 31 de julio de 2020 al tiempo que se incluyen las deudas desde el 1 de agosto de 2020 al 31 de agosto de 2021.
En los fundamentos se afirma que "hay 3 millones de contribuyentes (sin considerar los 4,1 millones de monotributistas), de los cuales 900 mil tienen deuda líquida y exigible con AFIP (es decir, deuda que esta en condiciones de ser ejecutada) y, entre ellos, 600.000 tienen obligaciones inferiores a $ 100.000 y acumulan una deuda total de $ 13.000 millones".
Con un esfuerzo fiscal proyectado de $ 13.000 millones se deja en cero la deuda líquida y exigible de 600 mil contribuyentes (un promedio de $ 21 mil por contribuyente) por lo cual "es una medida extraordinaria para una situación extraordinaria", y no se incluyen a los monotributistas que "fueron beneficiados con la reciente ley para el sector, resaltaron.

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